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EL LIBERAL . Política

Por falta de afiliados, el PRO local perdió su personería política 

Según la resolución, la agrupación no alcanzó el mínimo de adhesiones que para este año es de 3.255; también que "no asumió activamente su defensa".

10/09/2024 06:00 Política
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La Justicia Federal Electoral de Santiago del Estero dispuso la caducidad de la Personería Jurídico Política del partido de Distrito: "PRO-PROPUESTA REPUBLICANA", porque no cumplió con el requisito de tener el mínimo de afiliados.

La medida fue del juez federal Nº 1 con competencia electoral, Guillermo Molinari, luego de haber intimado por cedula a la agrupación que preside el legislador provincial Gabriel Santillán (PRO-JxC) hace más de 90 días hábiles, para que completara "el número mínimo de 3.255 afiliaciones requeridas para mantener la personería jurídico política".

Según indicaron calificadas fuentes, la Justicia se comunicó en dos oportunidades con representantes locales de la fuerza que preside a nivel nacional Mauricio Macri, para que regularizaran esta situación.

La resolución ya fue comunicada a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral (Ministerio del Interior).

Pero no solo el PRO estaría en esta situación, sino también otra media docena de fuerzas políticas que tenían personería política de distrito en Santiago del Estero. La razón sería la falta de cumplimiento de requisitos que exige la legislación electoral, principalmente y al igual que el PRO, no completar el mínimo de afiliados.

Las consecuencias de perder la personería será que no puedan presentar candidatos a cargos nacionales por el distrito local (el año próximo se eligen senadores y diputados nacionales). Tampoco podrán realizar alianzas con fuerzas que sí tengan personería política. El camino que le quedaría en este caso al PRO, sería interponer una apelación ante la Cámara Nacional Electoral.

En los considerandos de la resolución, se señala que el "informe de SIGAP acompañado", refleja que "la agrupación cuenta con la cantidad de 3156 afiliaciones válidas y que según lo informado por la Excma. Cámara Nacional Electoral, la cantidad mínima de afiliados requerida para el mantenimiento de la personalidad de los partidos políticos en este distrito y para el corriente año, es de 3.255".

Agrega que "las afiliaciones válidas con las que cuenta la agrupación de autos no superan el mínimo legal y por lo tanto se encuentra incursa en la causal de caducidad prevista en el Art. 50 Inc. "e" de la ley 23.298 modif. por la Ley 26.571 y que habiéndose, imprimido el procedimiento contencioso previsto en el Titulo VII, Capítulo III que establece la Ley 23.298, modif. por la Ley 26.571, el partido de autos no asumió activamente su defensa".

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