Chocó y mató a un joven hace 13 años: ayer lo condenaron y le retienen el carné de conductor Chocó y mató a un joven hace 13 años: ayer lo condenaron y le retienen el carné de conductor
Trece años después de atropellar y matar a un adolescente en la autopista, un automovilista fue condenado ayer a tres años de prisión en suspenso, más cinco de inhabilitación para conducir, incluida la retención del carnet de conducir y la obligación de realizar un curso especial en Tránsito de la Municipalidad.
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Allí se sintetizan las reglas de conducta del vocal Alfredo Pérez Gallardo, en el epílogo de un juicio abreviado, acordado entre defensa y Fiscalía.
Según la investigación, el 12 de abril del 2007, a las 20,30, Esteban Valentín Solmesky, conducía una camioneta Volkswagen Caddy a casi 100 kilómetros por hora.
Así, atropelló al adolescente Juan Cruz Flores, quien salió despedido y cayó sin vida a 25 metros.
El epicentro del horror fue a la altura del desvío que conduce hacia el ingreso del B° Mishqui Mayu. Allí, el jovencito dejó de existir casi en el acto.
Solmesky huyó y posteriormente fue identificado y apresado. Tenía 21 años y hoy, 34. Reside en el B° Alberdi y ahora fue condenado por ‘homicidio culposo’ en accidente de tránsito.
La sentencia, acordada entre la defensa, César Turk y el fiscal álvaro Cantos, incluyó ‘la pena de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos por el término de cinco años.
La resolución del vocal tiene mayores alcances, en base a las siguientes reglas de conducta: ‘Fijar domicilio de donde no podrá ausentarse por más de 48 horas sin autorización del Tribunal’; ‘Presentarse una vez cada tres meses en la Omas de la Circunscripción Judicial de la Capital; ‘No cometer nuevos delitos’; ‘No consumir estupefacientes de ningún tipo, ni ingerir alcohol en exceso’.
En forma novedosa, el camarista dispuso que Solmesky ‘realice un curso intensivo sobre conducción vehicular urbana y convivencia ciudadana, el que será dictado por las autoridades de la Dirección de Transito de la Municipalidad de la Ciudad Capital, las que deberán otorgar la correspondiente certificación y remitirla a este Tribunal’.
No es todo. También ordenó que se oficie a Omas ‘a sus efectos y a la Municipalidad de la ciudad Capital-Dirección de Transito o, en su caso a la Dirección Provincial de Transporte, a los fines de que en el término de 5 días de recibido el oficio pertinente, retenga la licencia de conducir del condenado la que le será repuesta una vez cumplida la pena impuesta’.