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Tribunal confirmó libertad de sujeto apresado con mochila y una pequeña cantidad de drogas

17/05/2021 00:36 Policiales
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La Cámara de Apelaciones confirmó la excarcelación de un individuo, aprehendido el 6 de octubre del 2020 por personal del Escuadrón Táctico Motorizado, ocasión en que le habría sido incautada una mochila con droga.

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Así lo resolvió el alto cuerpo, conformado por los vocales Sandra Generoso y Cristian Vittar, al beneficiar a Zahir Moisés González, asistido por el abogado Marcelo Castillo Gioya. Por la Fiscalía, intervino el Dr. Juan Alende.

La batalla legal se sustentó en la calificativa. Por la Fiscalía, Alende bregó para que prevalezcan cargos por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”. Por el contrario, la defensa instó al tribunal a ratificar la figura de “tenencia simple de estupefacientes”.

Primero, Alende habría objetado lo resuelto por un juez el 5 de junio de 2020, al rechazar la prisión preventiva, hacer lugar al cambio de calificativa y luz verde a la excarcelación.

Hipótesis fiscal

El fiscal recordó que a las 20 el ETM interceptó a tres personas en la vía pública. González fue alcanzado e incautada una mochila, en cuyo interior llevaba “5 envoltorios de una sustancia vegetal que a prueba de campo arrojó marihuana, un celular, $1.000, en una billetera $ 2.640”, señaló.

Para Alende, el sujeto “se dedicaba a comercializar estupefacientes (marihuana) a modo de delivery, previo acordar cita a través de whatsapp y redes sociales”.

A su turno, la defensa manifestó: “...La evidencia fiscal es insuficiente para este tiempo que ha pasado. Sostiene lo mismo que dijo el juez. En primera instancia, se debe decir que la calificativa del delito endilgado provisoriamente (tenencia con fines de comercialización) demanda varios extremos que son difíciles de comprobar, pero no de imposible investigación”.

Ahondó que la causa sólo cuenta hoy con el secuestro de 19 gramos, “...con la franqueza de la madre (de González) que hizo referencia al consumo de su hijo”. Añadió que nadie en el barrio acusó a González de dedicarse a la venta de drogas y subrayó que emerge “una orfandad probatoria de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) que se atravesó de punta a punta y sólo hay dos testimonios, habiendo tiempo suficiente para investigar”.

En tal sentido, se preguntó Castillo Gioya: “Cuál es el fin de seguir sosteniendo eso? ¿Querer mandar un adicto a la cárcel? Subrayó que desde diciembre González está libre y cumpliendo las reglas de conducta impuestas en tal sentido.

En el allanamiento “no 

se encontró nada”

En el allanamiento “no se encontró nada”

El tribunal señaló que en este tipo de delitos, “...existen diferentes elementos para proceder a la calificativa (de corte, papelillos, balanza)”, pero juzgó que en el allanamiento “no se encontró nada. Si se produjo donde correspondía, o en un lugar distinto, el tribunal no lo conoce, por lo que se necesita una investigación más profunda...”, aconsejó. Agregó que el alto cuerpo “está obligado a analizar el Art. 178 del C.P.P y de las evidencias el único elemento que hace suponer la comercialización son las conversaciones telefónicas. Pasaron 6 meses del procedimiento y solo hay 2 testigos”. Ahondó que la presencia del imputado en audiencia “descarta el riesgo procesal de peligro de fuga...” Y enfatizó, “no al cambio de calificativa” e instó a la Fiscalía a “profundizar la investigación”.

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