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Rige el registro de alquileres y se prevé menos oferta y suba de precios

Abarca a todos los inmuebles que se encuentren en alquiler o se vayan a alquilar. Hay plazos para informar a la Afip.

A partir de hoy, los propietarios de Santiago y todo el país deberán comenzar a registrar los contratos de alquiler de bienes inmuebles urbanos y rurales, locaciones temporarias y de espacios o superficies fijas o móviles efectuados a partir del 1º de julio de 2020 y que continúen vigentes al comenzar a regir el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles (Reli) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).

A nivel local, desde el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios (CCPISE) que preside el CPN Miguel Moreno, señalaron que con esta nueva disposición “las consecuencias tributarias -para el locador y locatario- no se modificaron, salvo con lo que tiene que ver con el Registro del Contrato de Alquiler que debe presentarse ante el organismo fiscal (Afip)”.

Puntualizó que a partir de hoy se deberán informar los datos del contrato en forma digital desde la web de la Afip ingresando al servicio denominado “registro de locaciones de inmuebles-reli-contribuyente”.

Destacaron que “esta medida afectará tanto a inquilinos como a propietarios debido a que los controles excesivos pueden ocasionar una baja en la oferta de las propiedades en alquiler y en consecuencia un aumento en el valor de alquileres”.

Los contratos de locación o arrendamiento deberán ser registrados ante la Afip en los 15 días corridos posteriores a su celebración, aunque los celebrados desde el 1/7/2020 y sigan vigentes, y los que se realicen entre el 1º y el 31/3/21 podrán ser registrados hasta el 15/4.


TAGS Afip Ley de Alquileres
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